1. Investigación
Permanent URI for this communityhttps://hdl.handle.net/10637/1
Search Results
- Valuation of Essential Patents in Spanish Law
2108-08-18 This study deals with the necessary adaptation of Spanish law to the new European regulations on FRAND licenses and focuses on the valuation of the so-called standard-essential patents (SEP). From the criteria followed in the USA and UK, our regulations must adapt to the valuation system in these new cases given the lack of rules and according to the European Union legal ordering. However, a consideration of the nature of such licenses is necessary first, that American and European doctrine put in the contractual field.
- Clases de acciones y alteración de los derechos de accionista
2018 La autora analiza, conforme a la legislación española de sociedades de capital, la posibilidad de las acciones y las participaciones sociales, de atribuir derechos de socio de forma diversa a sus titulares, con diferencias de régimen jurídico según se trate de una sociedad no cotizada o cotizada. Además, explica los efectos que conlleva la clasificación de las acciones en distintas clases de acuerdo con sus derechos incorporados y las implicaciones de la existencia de acciones sin derecho a voto.
- Ventajas organizacionales, económicas y sociales, derivadas de la aplicación de la subrogación de personal en el sector de la seguridad privada en España
2020-12-22 Desde finales del siglo pasado, el sector de la seguridad privada en España se ha concretado como un agente económico y social de relevancia, lo que se deriva del impacto que tiene su volumen de negocio en la economía del país y de la gran cantidad de empleo estable que propicia la figura jurídica de la subrogación de personal. El objetivo de este trabajo se centra en dar respuesta a dos cuestiones básicas sobre la aplicación de la subrogación de personal en las empresas de seguridad: de una parte, entender las ventajas que reporta su aplicación; y de otra, averiguar si menoscaba el compromiso de los empleados que son subrogables. Para ello, tras realizar una revisión de la literatura científica del compromiso organizacional y del marco legal que regula este tipo de servicios, se presentan los resultados de una investigación empírica en una muestra de 706 trabajadores de una multinacional del sector. Posteriormente, se realiza el análisis de las ventajas que procura dicha figura jurídica, para concluir, finalmente, que se comporta como: un agente moderador de la complejidad asociada con la transmisión de empleados entre contratistas de seguridad; un elemento de estabilidad laboral que no tiene influencia en el compromiso del personal subrogable; y un factor que aporta certeza y calidad al servicio que reciben las empresas cliente de las de seguridad. Se derivan importantes implicaciones que resultan clarificadoras de las consecuencias que tendría para el sector que se limitara o impidiera su negociación entre patronal y sindicatos.
- La configuración de la sección de calificación del concurso de acreedores en el derecho español
2020-04 La legislación concursal española mantiene en el concurso de acreedores la sección de calificación, dirigida a determinar los efectos civiles de la responsabilidad por la generación o la agravación de la insolvencia en la que pudieran haber incurrido el concursado, sus representantes legales, sus administradores o liquidadores de hecho y sus directores generales, así como, en su caso, los cómplices. La calificación culpable del concurso de acreedores despliega efectos en el orden personal y produce también efectos patrimoniales que inciden tanto sobre las personas afectadas por la calificación como sobre los cómplices
- La condena a la cobertura del déficit concursal
2020 La cuestión que aborda la Sentencia del Tribunal Supremo de 31 de octubre de 2018 es la relativa al alcance de la condena a la cobertura del déficit concursal, en el supuesto, planteada a los miembros del consejo rector de una cooperativa. En este contexto, se analiza la condena a la cobertura del déficit concursal prevista en nuestra legislación de insolvencia, desde la perspectiva de las modificaciones legales introducidas en la misma y su interpretación
- La legislación concursal española de emergencia derivada del Covid 19
2020 Como consecuencia de la paralización de la economía provocada por las medidas adoptadas para contener la pandemia sanitaria, en el Derecho español se han adoptado en diferentes ámbitos normas temporales y excepcionales dirigidas a paliar los efectos derivados de esta situación. Entre esas medidas excepcionales y temporales publicadas como consecuencia del COVID-19, en el ámbito concursal se sitúa, fundamentalmente, el Real Decreto-Ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la administración de justicia.
- La configuración de los marcos de reestructuración preventiva en la directiva europea sobre reestructuraciones e insolvencia
2021-06 El trabajo analiza el objetivo de la Directiva UE 2019/1023, de 20 de junio, de que las empresas y empresarios viables que se hallen en dificultades financieras tengan acceso a marcos nacionales efectivos de reestructuración preventiva que les permitan continuar su actividad. Bajo esta premisa la reestructuración preventiva que persigue impulsar la Directiva europea se asienta en la previsión de procedimientos que ofrezcan a los deudores en dificultades financieras soluciones eficientes –en coste y en resultados- siempre que exista viabilidad
- El contenido de la impugnación del inventario en el concurso de acreedores de una cooperativa de viviendas
2022 La cuestión que aborda la Sentencia del Tribunal Supremo 364/2021, de 26 de mayo, es la relativa al alcance del contenido de la impugnación del inventario de la masa activa en el concurso de acreedores de una cooperativa de viviendas, que la legislación concursal regula señalando que la impugnación del inventario podrá consistir en la solicitud de la inclusión o de la exclusión de bienes o derechos, o del aumento o disminución del avalúo de los incluidos. Lo que se discute es si dicha previsión legal permite que por este cauce puedan resolverse cuestiones jurídicas previas a la impugnación que se pretende o si por esta vía sólo cabe solicitar estrictamente la inclusión o exclusión de bienes o derechos o el aumento o disminución del avalúo de los incluidos.
- Las reestructuraciones en la ley concursal española tras la incorporación de la directiva 2019/1023: su impacto sobre los administradores societarios
2023-04 La legislación de insolvencia española, recogida en el texto refundido de la Ley Concursal aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020 de 5 de mayo -profundamente reformado por la Ley 16/2022 de 5 de septiembre para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019 (Directiva sobre reestructuración e insolvencia)- introduce un nuevo modelo de preconcurso en el que los planes de reestructuración ocupan un lugar prevalente. El propio Preámbulo de la referida Ley 16/2022 los considera un instrumento preconcursal dirigido a evitar la insolvencia, o a superarla en cuya regulación se ha preservado el carácter flexible (poco procedimental) de los acuerdos de refinanciación y se han incorporado elementos que les otorgan mayor eficacia que a estos últimos, como la posibilidad de arrastre de clases disidentes, sujeta al cumplimiento de ciertas salvaguardas para los acreedores, que constituye el núcleo del modelo. En efecto, en el régimen de los planes de reestructuración destaca la posibilidad, en los términos legales, de extender sus efectos a acreedores disidentes dentro de una clase, a clases enteras de acreedores disidentes o incluso a los socios, esto es, excepcionando con ello el juego de las reglas generales del Derecho civil o mercantil. Es lo que diversos autores han calificado como cambio de modelo, al menos para grandes (y medianas) empresas: los acreedores se pueden quedar con todo o parte del negocio (en insolvencia actual e inminente). Ahora bien, también se ha destacado que uno de los riesgos del modelo es que se propicien conductas expropiatorias por parte de los acreedores, lo que requiere que se incorporen ciertas garantías y salvaguardas (principalmente, identificadas con el presupuesto objetivo de la reestructuración y con el valor que se asegura a los socios). El planteamiento legal arranca de una cierta identificación entre sociedad y socios, aunque realmente la propuesta de planes de reestructuración parte de la negociación entre deudor persona jurídica y acreedores, lo que conduce a plantearse cuál es la posición del deudor persona jurídica en dicho proceso de negociación, en cuanto los planes de reestructuración no implican el desapoderamiento del deudor y éste ha de diferenciarse de las personas de los socios, no sólo desde una perspectiva conceptual, sino también desde la óptica del deber de los administradores de las personas jurídicas de actuar en defensa del interés social (que no es siempre coincidente con el interés de los socios).