2018 Arbitraje nº 2

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    Recentísimas novedades en materia de arbitraje de consumo tras la Ley 7/2017, de 2 de noviembre, sobre resolución alternativa de conflictos de consumo.2018-09-01

    La aprobación el día 21 mayo 2013 de sendas normas jurídicas en el ámbito de la Unión Europea representa un hito en la historia de la resolución alternativa de conflictos en materia de consumo. La Ley 7/2017, de 2 de noviembre, relativa a la resolución alternativa de conflictos de consumo introduce novedades de interés en lo que respecta al arbitraje de consumo. Al somero análisis de las mismas se dedica el presente trabajo. En primer lugar, la apertura del sistema de ADR a todo tipo de entidades públicas y privadas que deseen participar del sistema siempre que obtengan la oportuna acreditación; en segundo término, la “reformulación”, para determinados sectores de especial problematicidad, de uno de los principios basilares del arbitraje de consumo como es la voluntariedad en la adhesión y, por último, la importante reducción de los plazos para la admisión a trámite y la emisión del laudo. No constituyen objeto del presente estudio, sin embargo, las cuestiones relativas al procedimiento de acreditación ni lo referido a los principios por tratarse de cuestiones procesales y de aspectos plenamente incorporados a nuestro actual arbitraje de consumo.