2011 Arbitraje nº 1
Permanent URI for this collectionhttps://hdl.handle.net/10637/12960
Search Results
Publication Reflexiones en torno al Anteproyecto de Ley de reforma de la Ley de Arbitraje.2011-04-04 El Anteproyecto de Ley de Arbitraje que ha presentado el legislador plantea reformas de distinto calado. Probablemente la más interesante es la que gira en torno a la nueva competencia que asumen los Tribunales Superiores de Justicia para conocer de la acción de anulación y del execuátur del laudo arbitral extranjero. Pero también destaca el nuevo cauce que prevé para hacer valer la excepción de arbitraje –distinto del cauce de la declinatoria–; la prohibición del arbitraje de equidad; el cambio de las condiciones que requiere el árbitro para formar parte del colegio arbitral; y, la nueva regulación para supuestos de extralimitación parcial del laudo. El lado más oscuro de esta reforma se encuentra, sin embargo, en la propuesta de regulación del arbitraje societario, pues impone, sin necesidad de hacerlo, el arbitraje institucional y la unanimidad de los socios para incluir un convenio arbitral en los estatutos de una sociedad limitada. Además de realizar un estudio pormenorizado de todas y cada una de las propuestas que afectan al arbitraje; este trabajo incluye –y justifica– una serie de propuestas relativas a la distinción entre el arbitraje de consumo y el arbitraje comercial, el procedimiento de execuátur y el plazo para dictar el laudo.
Publication Publication Publication Ética del árbitro.2011-04-04 El arbitraje internacional es considerado en general como un medio importante para el comercio mundial. Esto ha sido posible gracias a la creciente toma de conciencia de la especificidad internacional del mismo. Desde los años 90, algunos expertos han señalado el clima de confrontación de muchos arbitrajes internacionales. Esto es debido a que el entorno empresarial internacional ha creado un proceso de arbitraje internacional de solución de controversias más formalizado y legalizado. El arbitraje, en general, depende de las características de los árbitros. La función esencial de un árbitro es facilitar el diálogo entre las partes, por lo que es posible llegar a un acuerdo por ambas partes litigantes individualizar y llegar a una solución justa. Los árbitros deberán desempeñar sus funciones de acuerdo con un nivel de conducta y competencia. Por esta razón, los árbitros deberán ser y permanecer libres de prejuicios, en consecuencia los árbitros internacionales deben ser imparciales e independientes.