Facultad de Económicas y CC Empresariales
Permanent URI for this collectionhttps://hdl.handle.net/10637/9
Search Results
- La Economía Social en Madrid.
2024 Este estudio analiza la realidad de las Empresas de Economía Social, diferenciando entre las entidades de mercado y no de mercado en la Comunidad de Madrid. Para ello se tiene en cuenta la delimitación conceptual de en el ámbito de la Unión Europea según informe elaborado para el Comité Económico y Social Europeo por el Centro Internacional de Investigación e Información sobre la Economía Pública, Social y Cooperativa (CIRIEC), junto con lo establecido en la Ley 5/2011 de marzo de Economía Social y el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid (Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero), en materia de cooperativas y entidades asimilables, así como en materia de mutualidades no integradas en la Seguridad Social, conforme a la legislación mercantil. Por su parte, los Centros Especiales de Empleo y las Empresas de Inserción dependen de la Dirección General del Servicio Público de Empleo; y ya dentro de las entidades no de mercado, las Asociaciones y Fundaciones dependen de la Consejería de Presidencia, Justicia
- El tamaño como elemento determinante de la insolvencia en las sociedades cooperativas: estudio a partir de los procesos concursales.
2013-02-14 Con la crisis económica se ha incrementado el número de entidades que para intentar solucionar situaciones de insolvencia, antes de llegar a situación de liquidación y cierre, buscan una solución mediante el concurso de acreedores. En la primera parte de este trabajo se realiza un análisis de la evolución de las cooperativas que han iniciado un concurso de acreedores en el periodo 2005-2011. Posteriormente, se lleva a cabo un análisis del efecto del tamaño de las cooperativas tanto en las entidades concursadas como no concursadas utilizando la clasificación propuesta por la Unión Europea en función del número de empleados que diferencia entre microempresas, pequeñas empresas, y empresas de dimensión mediana y grande. Para ello se utilizan ratios económico-financieros, con el objetivo de lograr la adimensionialidad necesaria para evitar los efectos de las unidades de medida, y permitir estudiar la evolución del conjunto de empresas que constituyen la muestra a lo largo del período. Los ratios analizados se clasifican en cuatro grupos (estructura financiera, solvencia, liquidez, rentabilidad, y generación de recursos), aplicándolos tanto a las cooperativas concursadas, como a las no concursadas, y analizando la influencia de su tamaño.
- Algunas especialidades financieras del concurso de acreedores de la sociedad cooperativa.
2010-02-14 La aplicación del concurso de acreedores a las sociedades cooperativas tiene una serie de implicaciones determinadas por las peculiaridades de este tipo de entidades En este trabajo se analizan las citadas características al determinar el valor de los activos con los que cuenta la empresa y las deudas que tiene que asumir, lo que incide necesariamente en la solución del concurso. Este análisis se realiza desde una perspectiva económico financiera, planteando distintas alternativas en función del tipo de cooperativa y de los diferentes colectivos de socios que pueden darse en las mismas.
- La adaptación de las sociedades cooperativas al nuevo plan general contable: análisis de las principales implicaciones económicas y financieras
2008-02-14 La aprobación de la Ley 16/2007, de reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable en España, así como del Plan General de Contabilidad, y del Plan General de Contabilidad para Pequeñas y Medianas Empresas, han permitido la incorporación de los nuevos criterios contables recogidos en la Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) para dar respuesta al objetivo marcado desde la Unión Europa de favorecer la comparación de los estados contables elaborados en los distintos estados miembros, para contribuir así a incrementar la transparencia de los mercados en un entorno económico cada vez más global e internacional. No obstante, en el caso de las sociedades cooperativas, todavía está pendiente de publicación la correspondiente norma sectorial. Por ello, a lo largo de este trabajo se pretende analizar las implicaciones que tienen en las sociedades cooperativas tanto las novedades contables ya publicadas como los aspectos que deben ser fijados en la citada regulación sectorial atendiendo a sus características especiales
- Consideraciones sobre la naturaleza del capital social en las sociedades cooperativas de trabajo asociado
2007-09-19T15:35:57Z Las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), actualmente denominadas Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), han clasificado al capital social de la sociedad cooperativa como recurso ajeno, al tratarse de un pasivo exigible por estar sujeto a “cancelación o devolución”, cuando el socio decida causar baja de la misma. Esto ha reabierto el debate en el mundo cooperativo entre los defensores y los opositores a dicha clasificación. El principal argumento en contra de esta consideración es que, se considera que se puede poner en peligro la subsistencia y viabilidad económica de la sociedad al presentar una imagen ante terceros que no ofrece garantías suficientes. No obstante, la CINIIF 2 deja una puerta abierta para considerar la totalidad del capital social, o una parte del mismo, como recurso propio siempre que la cooperativa posea el derecho incondicional o parcial a rechazar el rescate de las aportaciones realizadas por los socios. En este estudio se realiza un análisis del capital social en las sociedades cooperativas de trabajo asociado teniendo en cuenta las implicaciones de considerar al capital social como un recurso ajeno o como un recurso propio. En este último caso, tendría lugar una aproximación aún mayor entre la figura de la sociedad cooperativa de trabajo asociado y la sociedad laboral.
- La naturaleza del capital social como aspecto diferenciador entre las sociedades cooperativas y las sociedades laborales
2007-09-19T15:35:31Z Las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) han establecido la condición del capital social de la sociedad cooperativa, desde el punto de vista contable-financiero, como pasivo por estar sujeto a “cancelación o devolución”, y por tanto, ser un recurso ajeno. Dicha consideración ha sido acogida con desigual aceptación por parte de estudiosos de la materia y del propio movimiento cooperativo. El principal argumento en contra de esta consideración es que, pone en peligro la subsistencia y viabilidad económica de este tipo de sociedades dado que sus estados contables las harían parecer sociedades insolventes sin capacidad de ofrecer garantías a terceros (especialmente en el caso de las sociedades cooperativas de crédito).Finalmente, se ha modificado la Ley de Sociedades Cooperativas para incorporar la posibilidad de que existan aportaciones de los socios que conserven el derecho de reembolso en caso de baja, y aportaciones sobre las que la sociedad posea el derecho incondicional a rechazar el rescate. Esta circunstancia implica privar a parte de los socios del derecho a la devolución de sus aportaciones. Esto supone que un porcentaje del capital social deja de ser exigible por los socios y pasa a formar parte del patrimonio neto de la cooperativa, lo que desvirtúa parte de la esencia de las sociedades cooperativas desde el punto de vista financiero. Bajo esta perspectiva, tiene lugar una aproximación aún mayor entre la figura de la sociedad cooperativa, en particular de la sociedad cooperativa de trabajo asociado, y la sociedad laboral, dado que hasta la fecha, la naturaleza del capital social ha sido un aspecto diferenciador entre ambas formas societarias.En este estudio se realiza un análisis comparativo, bajo la perspectiva del capital social, entre la sociedad cooperativa y la sociedad laboral, observándose un acercamiento entre ambos tipos de sociedades al limitarse, en mayor medida, sus diferencias.