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Abstract

En el presente artículo se examinará la inviolabilidad de la persona del Rey. Tras un examen del Derecho Histórico Constitucional relativo a la Corona, se argumentará que la continuidad textual entre dicha Constitución y la vigente redacción del Título II de la Constitución de 1978 no redunda en una equivalencia normativa, pues responden a principios de legitimidad distintos, como también es diferente el sistema de gobierno constitucionalmente prescrito. Seguidamente se analizará el régimen de la Corona en relación con las potestades de las Cortes, de lo cual concluiremos que en un sistema parlamentario rigurosamente monista, el Rey puede poseer auctoritas, pero carece radicalmente de potestas. Una vez establecida la diferencia entre los “actos del Rey”, y los “actos de la persona del Rey”, que se dan cuando el monarca opera al margen de su actividad constitucional, se estudiará la figura de la inviolabilidad en la persona del Rey.

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