2012 vol. V

Permanent URI for this communityhttps://hdl.handle.net/10637/13059

Search Results

Now showing 1 - 2 of 2
  • Thumbnail Image
    Publication
    El arbitraje de inversiones y las nuevas competencias de la Unión Europea conforme al art. 207 TFUE.2012-12-01

    El arbitraje ha adquirido durante los últimos años una creciente importancia como forma de resolución de los litigios relacionados con inversiones extranjeras. En buena medida, eso se debe al hecho de que los tratados bilaterales de inversión celebrados entre muchos Estados prevén la posibilidad de someter a arbitraje los litigios relativos a inversiones realizadas por los ciudadanos y las empresas de cada uno de los Estados partes en el territorio de otro Estado parte. La competencia para celebrar dichos tratados era, hasta hace pocas fechas, exclusivamente de los Estados. Sin embargo, el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea atribuye a la Unión la competencia para celebrar acuerdos bilaterales relativos a la inversión directa extranjera con terceros Estados. Esa competencia suscita diversos problemas relacionados con el régimen de resolución por arbitraje de los litigios relativos a las inversiones comprendidas en esos tratados, entre los cuales se destacan la aplicabilidad del arbitraje CIADI en el marco de los tratados europeos de inversión, la admisibilidad de acumulación de procesos arbitrales Europeos relativos a inversiones, la legitimidad de los Estados Miembros de la Unión Europea para intervenir en los procesos arbitrales de que esta sea parte, y la subsistencia de los tratados bilaterales de inversión nacionales y de sus cláusulas de arbitraje.

  • Thumbnail Image
    Publication
    La buena fe en el arbitraje internacional.2012-04-01

    Los abogados dedicados a resolver las controversias en el marco del Derecho de los negocios internacionales contemplan los arbitrajes entre Estados como algo irrelevante y hasta esotérico, mientras que los profesores, funcionarios y abogados dedicados al Derecho internacional público ven el arbitraje de comercial como un proceso esencialmente alejado de sus preocupaciones y con cierta displicencia aunque sin desconocer los beneficios económicos que depara. Pese a que los arbitrajes internacionales, tanto públicos como privados, están destinados a conferir solución legal a unas específicas controversias que surgen en un contexto internacional, ambos mecanismos se han dado la espalda durante muchos años para luego identificarse peligrosamente. El objeto de estas páginas es contribuir, sin desconocer su cada vez más estrecha relación, a la necesaria delimitación del arbitraje entre Estados y del arbitraje comercial en unos momentos en que la especialización de los litigios y la actuación de los operadores dedicados a estos menesteres apuntan a un tratamiento cada vez más homogéneo. Un tratamiento que cuenta con un destinatario especial: el arbitraje de inversiones.