Arbitraje
Permanent URI for this communityhttps://hdl.handle.net/10637/12081
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Publication ¿Un derecho para sí mismo?.2016-11-30 Este artículo argumenta que las tesis que abogan por un sistema independiente o internacional de arbitraje carecen de coherencia. El arbitraje no es, y no debe volverse, un derecho para sí mismo. El arbitraje ya enfrenta problemas en mantener la coherencia dentro de su jurisprudencia, y en mantener su eficacia como un mecanismo de resolución de disputas, particularmente dado que no existen medios generales que aseguran que los laudos son consistentes. Estos problemas no podrían ser más que exacerbados con una declaración de unilateral independencia. Las decisiones del tribunal de la sede deberían, en los casos ordinarios, tratarse como finales y vinculantes. Esto refleja la elección de las partes. La evidencia empírica sugiere que la elección de la sede es usualmente el resultado de una cuidadosa consideración de las eventuales consecuencias legales y no simplemente una cuestión de conveniencia. Ver a los laudos arbitrales como independientes de la función de los tribunales nacionales constituye un paso atrás en términos de la comunidad de naciones y también contradice el texto de la Convención de Nueva York. Los cantos de sirena sobre una completa o mayor autonomía para el arbitraje deben ser vistos con escepticismo. Un creciente mundo interconectado requiere simbióticos (que se apoyen mutuamente) e interrelacionados sistemas de administración de justicia, y no más sistemas legales.
Publication La Ley para el Fomento Productivo fortalece el arbitraje internacional en el Ecuador.2018-12-01 Durante más de una década, Ecuador manifestó cierta resistencia al arbitraje internacional, debido al creciente número de casos de arbitraje de inversión planteados en contra del país que pusieron en discusión su responsabilidad internacional. Sin embargo, el nuevo gobierno navega hacia aguas internacionales en búsqueda de inversionistas extranjeros y nacionales que dinamicen la economía del país. Como parte de este esfuerzo, Ecuador ha renovado sus relaciones internacionales con sus principales socios comerciales; ha buscado integrarse en procesos internacionales como la Alianza del Pacífico; y ha reformado varias leyes para facilitar el ingreso de nuevos capitales. La acción más reciente es la promulgación de la Ley para el Fomento Productivo, que establece, entre otras, reglas enfocadas en la atracción de inversiones a través de interesantes beneficios tributarios. Gracias a la Ley para el Fomento Productivo, el arbitraje internacional reaparece en dos frentes. Primero, el arbitraje internacional se constituye como el mecanismo obligatorio para resolver disputas que surjan de contratos de inversión. Segundo, los laudos emitidos en un proceso de arbitraje internacional se ejecutarán en el Ecuador del mismo modo en que se ejecutan los laudos nacionales. Estas reformas favorecen a la estabilidad jurídica del país y fortalecen la relevancia del arbitraje internacional.