Arbitraje

Permanent URI for this communityhttps://hdl.handle.net/10637/12081

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    Régimen de la resolución alternativa y en línea de litigios de consumo transfronterizos tras el nuevo marco europeo y la Ley 7/2017.2017-11-07

    El carácter global del comercio de consumo en línea ha hecho aparecer nuevas estrategias para la garantía de los derechos de los consumidores, como la consistente en permitir la propia resolución en línea de los litigios. El nuevo Derecho europeo, contenido en la Directiva 2013/11/UE y el Reglamento 524/2013/UE, ha supuesto la acogida a nivel regional de esta tendencia. Este estudio analiza el impacto de los nuevos textos europeos sobre el sistema de Derecho internacional privado. Por una parte, revela la necesidad de hacer ajustes en el referido sistema a fin de conseguir, entre otros objetivos, un ámbito de aplicación espacial para el principio de libertad acorde con la intención perseguida por el legislador europeo, de superar la interpretación que descarta la remisión a un arbitraje de consumo extranjero o de integrar las lagunas de regulación que ha hecho aflorar el nuevo sistema. Por otra, pone el foco en la necesidad de comprobar si el régimen actual resulta en conformidad con las exigencias que provienen de los derechos proclamados por el art. 47 CEDF y el art. 19 TUE. En esta perspectiva se proponen soluciones de lege ferenda asociadas a las necesidades especiales de la gestión en línea de reclamaciones transfronterizas a través de la plataforma europea..

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    La mediación en España, el momento del cambio de paradigma : estudio comparado con la Unión Europea.2018-09-01

    La mediación aparece ante nosotros como la materia en la que todos los investigadores, prácticos del derecho, legisladores y ciudadanos en general encontramos un acuerdo generalizado en su bondad y en la necesidad de su aplicación. Sin embargo, ni el legislador legisla en este sentido, ni el práctico del derecho la propone de forma generalizada, ni los números de su empleo avanzan. Por este motivo, en el presente trabajo aportamos nuestra visión de cuáles son los aspectos que creemos se deben modificar en el pensamiento de los juristas y en la legislación para la futura evolución en positivo del empleo efectivo de la mediación en nuestra práctica diaria en la resolución de los conflictos. Para ello partiremos de la actual situación legislativa y estadística de la mediación en la Unión Europea, en sus Estados miembros, y en la doctrina del TJUE. Y a partir de este estado de la cuestión de la materia en el ámbito europeo y de nuestra experiencia práctica exponemos cuatro aspectos en los que creemos que la mediación debe evolucionar en España para lograr un avance en su uso. El ámbito de aplicación de la misma en el que podría ser preceptiva previamente a acudir a la vía judicial, los incentivos procesales para su uso, una mejora y simplificación en los requisitos para la ejecutividad de los acuerdos y, por último, una mejora en el sistema público de mediación.