2. Universidad Cardenal Herrera-CEU

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    UCH
    Economía social y nuevos subtipos societarios2024-08-01

    Las sociedades que buscan un impacto social o medioambiental positivo, a la vez que repartir dividendos a sus socios o accionistas son una realidad empresarial internacional. Se las ha denominado cuarto sector y hasta el momento no han sido contempladas por la Ley 5/2011, de 2 de marzo, de Economía Social, ni por la normativa autonómica reguladora del sector social. Por su parte, la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de Creación y Crecimiento de Empresas sí ha reconocido en nuestro ordenamiento a las Sociedades de Beneficio e Interés Común, en su disposición adicional décima, sin calificarlas de empresas sociales y sin que su configuración se adapte totalmente a los principios propios de estas últimas. En este punto resulta muy acertada la regulación supranacional (Unión Europea, OIT y OCDE, fundamentalmente) que sí contempla en la actualidad a las empresas sociales como entidades sociales y flexibiliza los principios que les son de aplicación. Esta regulación internacional del cuarto sector resulta valiosísima para influir en la que será la Ley Integral del Impulso de la Economía Social, hoy Anteproyecto aprobado por el Consejo de Ministros de 11 de abril de 2023. La armonización entre la regulación societaria y de la Economía social resulta necesaria en este ámbito.