168 | 31, pp. 167-185 | doxa.comunicación

julio-diciembre de 2020

Legislación sobre Comunicación Social en el espacio subnacional. El caso de México

ISSN: 1696-019X / e-ISSN: 2386-3978

1. Introducción

El análisis de la legislación sobre comunicación social en México se ha centrado en el ámbito federal. Debido a ello, existe un vacío para comprender cómo se formulan las regulaciones en materia de comunicación social desde lo regional. Es claro que existen regulaciones que son exclusivamente de competencia federal, como la asignación de licencias para ra-dio y televisión. Pero hay otras en donde las entidades estatales tienen la oportunidad de legislar sobre sus problemáticas propias. El país se encuentra dividido en 32 entidades federativas o estados, en cuya adscripción los congresos legislativos estatales formulan leyes para normar los diversos aspectos de la vida social.

Este trabajo consiste en un análisis descriptivo de las leyes específicas que regulan aspectos de la comunicación en las entidades federativas. El objeto de estudio consiste en identificar esos instrumentos legales, clasificarlos, y avanzar en el entendimiento de que las regiones constituyen espacios de interacción con problemáticas particulares. Para ello usamos la noción de espacio subnacional que, de acuerdo con Rolandi & Merello (2017: 225) “tiene su origen en los procesos de descentralización mediante la atribución de importantes competencias a los niveles locales e intermedios de gobierno”. De manera que, a lo largo del documento, se usará preferentemente el término entidad subnacional para referirse a los estados del país. Es la categoría analítica principal de este estudio. También se usa el término oficial de entidad federativa o estado, aunque éste corresponde a la división político-administrativa del territorio.

Bajo este eje analítico se ofrece una mirada enfocada en las preocupaciones de las comunidades estatales. El supuesto es que los actores sociales de cada región les confieren la suficiente importancia para que lleguen a consolidarse en leyes. Hay que tener en cuenta, por ejemplo, que algunas entidades innovan proponiendo ciertos instrumentos legales que no existen en el ámbito federal, dando muestra de una agenda legislativa singular. En esta dinámica, hay un conjunto de 144 leyes estatales vigentes que son específicas de asuntos comunicacionales en México, las cuales constituyen el universo de nuestro estudio.

Otro eje conceptual de este trabajo es el desarrollo mediático, noción propuesta por la UNESCO (2010) que corresponde al conjunto de elementos que favorecen el fortalecimiento del sistema mediático en un Estado. Desde ese marco, el desa-rrollo mediático se formula como un indicador de la calidad del ejercicio de las libertades y derechos de la información y la comunicación y, en última instancia, de la calidad de la democracia. El marco del desarrollo mediático contempla un conjunto de condiciones que son inherentes e indispensables en la construcción de Estados democráticos.

En la identificación de los indicadores del desarrollo mediático, la UNESCO (2010) considera como la primera categoría –de cinco en total– al sistema regulador y el marco jurídico que idealmente debe ser conducente a la libertad de expre-sión, el pluralismo y la diversidad de los medios de comunicación social. Si bien, esa propuesta ha sido concebida para el análisis de los Estados nacionales, aquí se retoma centrada en el espacio subnacional, en tanto que lo regional presenta características particulares que, en ocasiones, se distinguen del conjunto nacional.

Con estos planteamientos se propone la siguiente pregunta de investigación: ¿cómo es la regulación de la comunicación social en el espacio subnacional mexicano? Se parte del supuesto de que las entidades subnacionales son heterogéneas,