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http://hdl.handle.net/10637/12410
Alcance de las facultades de los Tribunales Arbitrales o de las Comisiones ad hoc al decidir las solicitudes de anulación y otros mecanismos de revisión de los laudos CIADI.
Título : | Alcance de las facultades de los Tribunales Arbitrales o de las Comisiones ad hoc al decidir las solicitudes de anulación y otros mecanismos de revisión de los laudos CIADI. |
Autor : | Meza Salas, Marlon M. |
Materias: | Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI); Revisión de laudos; Recursos y medios de impugnación; Motivos de anulación; Comisiones ad hoc |
Resumen : | Alcance de las facultades de los Tribunales Arbitrales o de las Comisiones ad hoc al decidir las solicitudes de anulación y otros mecanismos de revisión de los laudos CIADI En este artículo abordamos los mecanismos de revisión contra los laudos CIADI, desde la simple solicitud de ampliación o rectificación de errores que puede resolver el propio tribunal arbitral, pasando por las solicitudes de aclaración y revisión, hasta enfocarnos en las solicitudes de anulación que son decididas por unas Comisiones ad hoc, algunas veces criticadas por falta de coherencia y uniformidad. Mucho se ha debatido sobre la naturaleza de esa anulación, aunque el propio Convenio CIADI aclara que no se trata de una apelación y el art. 52 contempla unas causales de anulación específicas. Esto último permite calificar el mecanismo de anulación como un recurso extraordinario, distinto de la apelación, lo que no significa que las Comisiones ad hoc no puedan revisar —aunque sea en forma restringida— el fondo de los laudos; lo que no pueden hacer es modificarlos, pues deben limitarse a declarar o no la nulidad. Por otra parte, no pueden existir nulidades automáticas, pero tampoco la discrecionalidad que algunas Comisiones ad hoc se han atribuido para decidir. Es necesario, pues, ponderar los motivos de nulidad para evitar excesos, y que las decisiones sean dictadas conforme a las tendencias procesales más modernas. De ello podría depender en buena medida, la credibilidad del sistema CIADI en el futuro. This paper will address the post–award remedies and procedures against ICSID awards, from a simple request of supplementation or error rectification (which the arbitration tribunal can resolve), through interpretation and revision requests, finally focusing on petitions for annulment that are settled by some ad hoc Committees − which are sometimes criticized for lack of coherence and uniformity. Plenty of debates have taken place regarding the nature of such annulments, even though the ICSID Convention clarifies that annulments are not appeals, and article 52 enshrines specific annulment grounds. This last statement helps qualify the annulment mechanism as an extraordinary remedy, different from the appeal. This does not mean that ad hoc Committees cannot revise—even in a restricted manner—the merits of awards. What they cannot do is modify them; their action must be limited to the declaration of an award’s invalidity or its denial. On the other hand, there cannot be automatic nullities, nor can decisions bear the discretional nature that some ad hoc Committees have held they possess in order to decide. Then, it is necessary to weigh the nullity grounds to avoid excesses and to ensure that decisions on annulments are rendered according to the most modern procedural tendencies. The credibility of the ICSID system could depend greatly on this in the future. |
Descripción : | En: Arbitraje: revista de arbitraje comercial y de inversiones. eISSN. 2603-9281. vol. 11, n. 1, 2018, pp 73-124 |
URI : | http://hdl.handle.net/10637/12410 |
Derechos: | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/deed.es |
Fecha de publicación : | 1-abr-2018 |
Aparece en las colecciones: | 2018 Arbitraje nº 1 |
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