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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.creatorOrdeñana Gezuraga, Ixusko-
dc.date2019-
dc.date.accessioned2021-03-10T05:00:18Z-
dc.date.available2021-03-10T05:00:18Z-
dc.date.issued2019-04-01-
dc.identifier000000720453-
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10637/12126-
dc.descriptionEn: Arbitraje: revista de arbitraje comercial y de inversiones. eISSN. 2603-9281. vol. 12, n. 1, 2019, pp 213-218-
dc.description.abstractComo hemos descrito, la sentencia que nos ocupa responde a una demanda de nombramiento judicial de árbitro. Para legitimar esta posibilidad tenemos que, brevemente, incardinar el arbitraje en el Derecho jurisdiccional diversificado. Identificamos esta rama del Derecho con el sistema estatal de resolución de conflictos jurídicos, en el que se encuadran la propia jurisdicción o Poder Judicial y los mecanismos extrajurisdiccionales, con un vínculo recíproco de complementariedad.es_ES
dc.formatapplication/pdf-
dc.language.isosp-
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/deed.es-
dc.subjectControversia en equidades_ES
dc.titleDecidme qué habéis hecho y os diré si os puedo ayudar o sobre las condiciones preprocesales para que un Tribunal pueda nombrar el órgano arbitral ...es
dc.typeArtículo-
dc.identifier.doiDOI 10.19194arbitrajeraci.12.01.09-
Aparece en las colecciones: 2019 Arbitraje nº 1




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