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Abstract

Con la entrada en nuestro ordenamiento de la pena de prisión permanente revisable a través de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, se procedió, por parte de varios grupos parlamentarios, a interponer un recurso de inconstitucionalidad sobre esta pena indeterminada. Más de seis años después, el 6 de octubre de 2021, el Tribunal Constitucional ha validado, con siete votos a favor y tres votos en contra, la pena de prisión permanente revisable. En este trabajo se procede a hacer un análisis de la sentencia del Tribunal Constitucional, así como de los votos particulares.

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