Abstract
La práctica arbitral en el Perú es muy intensa y la Ley de arbitraje peruana, a los diez años de su publicación, ha contribuido a su cada vez mejor práctica. Dentro de las distinciones de esta norma peruana DL. 1071, es que esta ley es monista, es decir un solo tratamiento para el arbitraje doméstico e internacional, contiene normas que separan claramente al arbitraje de la intervención judicial, acotando su actuación a niveles de colaboración. Podemos encontrar que contiene normas que resuelven patologías en las cláusulas arbitrales y trae consigo una normativa que regula el alcance del convenio arbitral a no signatarios, la participación de los árbitros y la designación de estos; la renuncia al recurso de anulación, e incorpora el arbitraje a los pactos societarios y a los testamentos.