Abstract
El sector de Defensa y Seguridad es un sector estratégico con unas características propias que lo convierten en singular. Es un gran instrumento para los intereses políticos y económicos de los Estados. Desde el origen de las comunidades europeas ha sido tratado como un sector especial, quedando al margen de las normas de competencia, que si se han aplicado al resto de los sectores. El Artículo 346 del TFUE y los tratados internacionales han sido determinantes para este tratamiento diferenciado. La aplicación de la excepción en adquisiciones ajenas al carácter militar ha llevado a un replanteamiento de la excepción. Las instituciones mas representativas de la Unión Europea (Consejo y Parlamento, Comisión y TJUE) han interpretado y regulado con el mayor rigor el sector. Actualmente es un sector especial, claramente regulado al igual que otros sectores estratégicos como los sectores de la energía, transportes, hidrocarburos o telecomunicaciones. Dicho carácter reglado queda encuadrado principalmente con la Directiva 81/2009/CE y con la Ley nacional 24/2011. La “brújula estratégica” redefine la política de Defensa de la UE que incrementa la inversión militar pudiendo ser el punto de inflexión para logran una mayor independencia de las actuaciones de la OTAN.