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El arbitraje de nuevo ante el Tribunal Constitucional ¿cambio de fundamento último constitucional? : Sentencia del Tribunal Constitucional 1/2018, de 11 enero 2018.


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Título : El arbitraje de nuevo ante el Tribunal Constitucional ¿cambio de fundamento último constitucional? : Sentencia del Tribunal Constitucional 1/2018, de 11 enero 2018.
Autor : Soriano Hinojosa, Álvaro
Materias: Arbitraje.Cuestión de constitucionalidad.Dignidad de la persona.Equivalente jurisdicciona.Seguros.Tribunal Constitucional.Voto particular.Arbitration.Preliminary constitutional ruling.Dignity of the person.Jurisdictional equivalent.Insurance.Constitutional Court.Dissenting opinions.
Resumen : En el presente estudio, vamos a examinar la Sentencia 1/2018, de 11 enero 2018 dictada por el Pleno del Tribunal Constitucional. Se produce como consecuencia de una cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en relación con la posible inconstitucionalidad del art. 76 e) de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de contrato de seguro. Aunque la Sentencia sigue el camino habitual sobre la naturaleza del arbitraje, calificándola de “equivalente jurisdiccional” nos parece del mayor interés la calificación realizada por los tres Votos particulares, alguno de los cuales, dando un paso más, indica que realmente se trata de fundar el arbitraje sobre el art. 10 de la Constitución, esto es, de forma directa sobre la dignidad de la persona. Lo cual abre nuevas posibilidades para el fundamento último de la institución arbitral.

In this study, we will examine ruling 1/2018 of 11 January 2018 issued by the plenary of the Constitutional Court. It is produced as a result of the approach of a preliminary constitutional ruling raised by the Civil and Penal Chamber of the High Court of Justice of Catalonia in relation to the possible unconstitutionality of Section 76 e) of the Law 50/1980, of 8 October, of Insurance Contract. Although the judgment follows the usual way on the nature of the arbitration, labeling of “jurisdictional equivalent”, seems to us of the greater interest the qualification made by the three dissenting votes, some of which, taking step further, indicates that it is really a matter of founding arbitration on article 10 of the Constitution, that is, directly on the dignity of the person. Which, resolutely opens up, new possibilities for the last foundation of the arbitral institution.
Descripción : En: Arbitraje: revista de arbitraje comercial y de inversiones. eISSN. 2603-9281. vol. 11, n. 1, 2018, pp 229-259
URI : http://hdl.handle.net/10637/12415
Derechos: http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/deed.es
Fecha de publicación : 1-abr-2018
Aparece en las colecciones: 2018 Arbitraje nº 1





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